UIT 2026 en Perú: S/ 5,500 y conversor a soles
La Unidad Impositiva Tributaria (UIT) es el valor de referencia que usan las normas tributarias para fijar límites, deducciones y multas. En 2026, una UIT vale S/ 5,500. Convierte cualquier monto aquí abajo.
- 1 UIT en 2026
- S/ 5,500
- Norma
- D.S. N.° 301-2025-EF
- Publicada
- 17 de diciembre de 2025, en El Peruano
- Rige
- Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026
Frente a 2025 (S/ 5,350) sube S/ 150, un 2.8 %. Valor confirmado en el cuadro de la UIT de SUNAT.
Decimales con coma o punto (0,5 o 0.5). Los miles también: 1,500 o 1.500.
Atajos
Para una multa, usa la UIT del año en que se cometió la infracción.
1 UIT equivalen a
S/ 5,500.00
- Fórmula
- 1 × S/ 5,500
- UIT usada
- 2026 · D.S. N.° 301-2025-EF
Cuánto es en soles cada límite en UIT (2026)
Para convertir solo hay que multiplicar o dividir entre el valor de la UIT del año.
De UIT a soles
Soles = UIT × 5,500
Ejemplo: 1,500 UIT × 5,500 = S/ 8,250,000.
De soles a UIT
UIT = soles ÷ 5,500
Ejemplo: S/ 100,000 ÷ 5,500 = 18.18 UIT.
| UIT | En soles (2026) | Para qué se usa en un negocio |
|---|---|---|
| 0.5 UIT | S/ 2,750 | Multa por declarar fuera de plazo en el RER (Tabla II) |
| 1 UIT | S/ 5,500 | Multa por declarar fuera de plazo en el Régimen General y el RMT (Tabla I) |
| 3 UIT | S/ 16,500 | Deducción adicional por gastos en rentas de cuarta y quinta |
| 5 UIT | S/ 27,500 | Fin del primer tramo (8 %) del impuesto a la renta del trabajo |
| 7 UIT | S/ 38,500 | Deducción fija de cuarta y quinta categoría |
| 15 UIT | S/ 82,500 | Renta neta que paga 10 % en el Régimen MYPE Tributario |
| 19 UIT | S/ 104,500 | Ingresos netos con rebajas mayores en la multa por declarar tarde |
| 40 UIT | S/ 220,000 | Tope de gastos de representación y de gastos recreativos |
| 45 UIT | S/ 247,500 | Desde aquí, la renta del trabajo paga 30 % |
| 150 UIT | S/ 825,000 | Microempresa (Ley MYPE) y rebajas mayores de gradualidad |
| 200 UIT | S/ 1,100,000 | Tope de gastos sustentados con boletas del Nuevo RUS |
| 300 UIT | S/ 1,650,000 | Libros simplificados y pago a cuenta de 1 % en el RMT |
| 500 UIT | S/ 2,750,000 | Registro de inventario permanente en unidades físicas |
| 1,500 UIT | S/ 8,250,000 | Kardex valorizado (inventario permanente valorizado) |
| 1,700 UIT | S/ 9,350,000 | Tope del RMT y de la pequeña empresa |
| 2,300 UIT | S/ 12,650,000 | Tope de la mediana empresa (Ley MYPE) |
Para qué le sirve la UIT a tu negocio
Los límites en UIT que más pesan en una empresa, con su valor en soles para 2026 y la norma de donde sale cada uno.
Regímenes tributarios: cuáles se miden en UIT y cuáles en soles
| Criterio | Nuevo RUS | RER | Régimen MYPE Tributario | Régimen General |
|---|---|---|---|---|
| Límite de ingresos | S/ 8,000 al mes y S/ 96,000 al año | S/ 525,000 de ingresos netos al año | 1,700 UIT de ingresos netos al año | Sin límite |
| ¿Se mide en UIT? | No, en soles | No, en soles | Sí | No tiene tope |
| Límite con la UIT 2026 | No cambia con la UIT | No cambia con la UIT | S/ 9,350,000 | — |
| Impuesto a la renta | Cuota fija de S/ 20 o S/ 50 al mes, según categoría | 1.5 % de los ingresos netos del mes | 10 % hasta 15 UIT de renta neta (S/ 82,500) y 29.5 % sobre el exceso | 29.5 % de la renta neta |
En el Régimen MYPE Tributario (RMT) la UIT define tres cosas. El tope: si tus ingresos netos del año anterior superaron 1,700 UIT, no puedes acogerte, y si los superas en cualquier mes del año, calculas el impuesto de todo ese año con el Régimen General. La tasa: los primeros 15 UIT de renta neta pagan 10 %. Y los pagos a cuenta: son el 1 % de los ingresos netos del mes mientras tus ingresos del año no superen 300 UIT (S/ 1,650,000); pasado ese monto, se calculan como en el Régimen General (D. Leg. N.° 1269, artículos 3, 5, 6 y 9). Las tasas del Régimen General y de la renta de trabajo están en la Ley del Impuesto a la Renta, artículos 53 y 55; los límites del RER, en sus artículos 118 y 120; y los del Nuevo RUS, en el D. Leg. N.° 937 y la tabla de categorías de SUNAT.
La Ley MYPE no es un régimen tributario, pero también usa la UIT para clasificar a la empresa por sus ventas anuales: microempresa hasta 150 UIT (S/ 825,000), pequeña empresa hasta 1,700 UIT (S/ 9,350,000) y mediana empresa hasta 2,300 UIT (S/ 12,650,000) (artículo 5 del TUO aprobado por D.S. N.° 013-2013-PRODUCE).
Libros contables según tus ingresos
| Ingresos anuales | Hasta (2026) | Libros y registros mínimos |
|---|---|---|
| Hasta 300 UIT | S/ 1,650,000 | Registro de Ventas, Registro de Compras y Libro Diario de Formato Simplificado |
| Más de 300 hasta 500 UIT | S/ 2,750,000 | Registro de Ventas, Registro de Compras, Libro Diario y Libro Mayor |
| Más de 500 hasta 1,700 UIT | S/ 9,350,000 | Los anteriores más el Libro de Inventarios y Balances |
| Más de 1,700 UIT | — | Contabilidad completa (solo en el Régimen General) |
Los tres primeros tramos son los del RMT según SUNAT Orientación y el artículo 11 del D. Leg. N.° 1269. El artículo 65 de la Ley del Impuesto a la Renta fija para todas las rentas de tercera categoría los cortes de 300 UIT (registros de ventas y compras y libro diario simplificado) y 1,700 UIT (contabilidad completa); entre ambos, los libros los define SUNAT. Confirma con tu contador los que te tocan.
Inventarios y kardex según tus ingresos
| Ingresos brutos del año anterior | En soles (UIT 2026) | Qué debes llevar |
|---|---|---|
| Menos de 500 UIT | Menos de S/ 2,750,000 | Un inventario físico de tus existencias al cierre del año |
| De 500 a 1,500 UIT | De S/ 2,750,000 a S/ 8,250,000 | Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas y al menos un inventario físico al año |
| Más de 1,500 UIT | Más de S/ 8,250,000 | Contabilidad de costos: Registro de Costos, Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas y Registro de Inventario Permanente Valorizado (kardex valorizado), y al menos un inventario físico al año |
Se comparan tus ingresos brutos del año anterior con la UIT del año en curso: para 2026, tus ingresos de 2025 contra S/ 5,500 por UIT (artículo 35 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta). Si pasas de 1,500 UIT, revisa cómo se lleva y qué formato pide SUNAT en la guía del kardex valorizado.
Multas de SUNAT
Muchas multas del Código Tributario se expresan en UIT o en un porcentaje de ella; otras, en porcentaje del tributo o de los ingresos. Cada régimen tiene su tabla: el Régimen General y el RMT usan la Tabla I, el RER la Tabla II y el Nuevo RUS la Tabla III (guía de infracciones y sanciones de SUNAT). Se calculan con la UIT vigente en la fecha en que se cometió la infracción, no con la del día en que pagas (artículo 180 del Código Tributario, en el texto de la Ley N.° 32335).
| Infracción | Multa | Con la UIT 2026 |
|---|---|---|
| No presentar a tiempo una declaración determinativa, como la mensual (art. 176, num. 1), en el Régimen General o el RMT | 1 UIT | S/ 5,500 |
| La misma infracción en el RER | 50 % de la UIT | S/ 2,750 |
| No pagar a tiempo los tributos que retuviste o percibiste (art. 178, num. 4) | 50 % del tributo no pagado, nunca menos de 5 % de la UIT | mínimo S/ 275 |
Montos antes de rebajas y sin intereses. Los dos primeros los recogen la guía de SUNAT y la R.S. N.° 000007-2025/SUNAT; el tercero, la guía.
- Rebajas. El Régimen de Gradualidad rebaja la multa si subsanas la infracción; en el ejemplo de la guía de SUNAT, quien presentó la declaración atrasada y pagó antes de que SUNAT lo detectara obtuvo una rebaja de 100 %. Las empresas del Régimen General, el RMT o el RER con ingresos netos de hasta 150 UIT el año anterior tienen un porcentaje de rebaja mayor y más plazo, y desde 2025 las de hasta 19 UIT (S/ 104,500) acceden a rebajas aún mayores (R.S. N.° 000007-2025/SUNAT).
- Microempresas. La Ley N.° 32335, publicada el 16 de mayo de 2025, dispone que a las microempresas con ventas anuales de hasta 150 UIT (S/ 825,000), sin importar su régimen, SUNAT les exija un curso de capacitación antes de sancionar su primera infracción, una vez por cada tipo de infracción. Si no asisten, se aplica la sanción (Ley N.° 32335).
Planilla: impuesto a la renta de quinta categoría
Si tienes trabajadores en planilla, cada mes debes retenerles el impuesto de quinta categoría: un dozavo del impuesto que les toca por todo lo que van a ganar en el año, después de restar 7 UIT (S/ 38,500) (artículo 75 y artículo 46 de la Ley del Impuesto a la Renta). Lo que queda es la renta neta, que paga según esta escala progresiva (artículo 53):
| Renta neta del trabajo al año | En soles (2026) | Tasa |
|---|---|---|
| Hasta 5 UIT | Hasta S/ 27,500 | 8 % |
| Más de 5 hasta 20 UIT | S/ 27,500 a S/ 110,000 | 14 % |
| Más de 20 hasta 35 UIT | S/ 110,000 a S/ 192,500 | 17 % |
| Más de 35 hasta 45 UIT | S/ 192,500 a S/ 247,500 | 20 % |
| Más de 45 UIT | Más de S/ 247,500 | 30 % |
La escala es acumulativa: cada tasa se aplica solo a la parte de la renta que cae en su tramo. Por ejemplo, con la UIT 2026 y sin otros ingresos ni deducciones:
- Remuneraciones de S/ 60,000 en el año: renta neta de S/ 21,500 (S/ 60,000 − S/ 38,500), toda en el primer tramo. Impuesto anual: S/ 1,720.
- Remuneraciones de S/ 90,000: renta neta de S/ 51,500. Los primeros S/ 27,500 pagan 8 % y el resto, 14 %. Impuesto anual: S/ 5,560.
Aparte de las 7 UIT, la ley permite deducir hasta 3 UIT (S/ 16,500) más por ciertos gastos que paga la persona, como el 30 % del alquiler de su vivienda (artículo 46).
Gastos de tu empresa con tope en UIT
| Gasto deducible | Límite | Tope con la UIT 2026 |
|---|---|---|
| Gastos de representación propios del giro | 0.5 % de los ingresos brutos | 40 UIT: S/ 220,000 |
| Gastos recreativos para el personal | 0.5 % de los ingresos netos | 40 UIT: S/ 220,000 |
| Compras sustentadas con boletas o tickets de proveedores del Nuevo RUS | 6 % de las compras con comprobantes que dan derecho a gasto, anotadas en el Registro de Compras | 200 UIT: S/ 1,100,000 |
Fuente: artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta, incisos ll) y q) y párrafo sobre boletas del Nuevo RUS.
Límites que no están en UIT
Estos montos están fijados en soles: no suben cuando sube la UIT, solo cambian si cambia la norma.
| Qué | Límite en soles | Norma |
|---|---|---|
| Nuevo RUS | Ingresos o compras de hasta S/ 8,000 al mes y S/ 96,000 al año; cuotas de S/ 20 y S/ 50 | D. Leg. N.° 937 |
| Régimen Especial de Renta (RER) | Ingresos netos y compras de hasta S/ 525,000 al año; activos fijos de hasta S/ 126,000, sin contar predios ni vehículos | LIR, artículo 118 |
| Boleta de venta | Si el importe total supera S/ 700, debes poner nombre y documento de identidad del cliente | SUNAT Orientación |
| Bancarización | Los pagos desde S/ 2,000 o US$ 500 se hacen con los medios de pago de la Ley N.° 28194, como depósitos o transferencias | Ley N.° 28194, artículo 4 |
El error más común: convertir a UIT un límite que está en soles. Si estás en el Nuevo RUS o en el RER, que la UIT suba no te da más margen. Y el importe de la boleta incluye el IGV; si necesitas separarlo, usa la calculadora de IGV.
Valor histórico de la UIT (1994-2026)
Cada año el MEF fija la UIT por decreto supremo. Así ha cambiado desde 1994.
| Año | UIT | Variación | Norma | Publicada |
|---|---|---|---|---|
| 2026 | S/ 5,500 | +S/ 150 (+2.8 %) | D.S. N.° 301-2025-EF | 17 de diciembre de 2025 |
| 2025 | S/ 5,350 | +S/ 200 (+3.9 %) | D.S. N.° 260-2024-EF | 17 de diciembre de 2024 |
| 2024 | S/ 5,150 | +S/ 200 (+4 %) | D.S. N.° 309-2023-EF | 28 de diciembre de 2023 |
| 2023 | S/ 4,950 | +S/ 350 (+7.6 %) | D.S. N.° 309-2022-EF | 24 de diciembre de 2022 |
| 2022 | S/ 4,600 | +S/ 200 (+4.5 %) | D.S. N.° 398-2021-EF | 30 de diciembre de 2021 |
| 2021 | S/ 4,400 | +S/ 100 (+2.3 %) | D.S. N.° 392-2020-EF | 15 de diciembre de 2020 |
| 2020 | S/ 4,300 | +S/ 100 (+2.4 %) | D.S. N.° 380-2019-EF | 20 de diciembre de 2019 |
| 2019 | S/ 4,200 | +S/ 50 (+1.2 %) | D.S. N.° 298-2018-EF | 18 de diciembre de 2018 |
| 2018 | S/ 4,150 | +S/ 100 (+2.5 %) | D.S. N.° 380-2017-EF | 23 de diciembre de 2017 |
| 2017 | S/ 4,050 | +S/ 100 (+2.5 %) | D.S. N.° 353-2016-EF | 22 de diciembre de 2016 |
| 2016 | S/ 3,950 | +S/ 100 (+2.6 %) | D.S. N.° 397-2015-EF | 24 de diciembre de 2015 |
Ver de 1994 a 2015
| Año | UIT | Variación | Norma | Publicada |
|---|---|---|---|---|
| 2015 | S/ 3,850 | +S/ 50 (+1.3 %) | D.S. N.° 374-2014-EF | 30 de diciembre de 2014 |
| 2014 | S/ 3,800 | +S/ 100 (+2.7 %) | D.S. N.° 304-2013-EF | 12 de diciembre de 2013 |
| 2013 | S/ 3,700 | +S/ 50 (+1.4 %) | D.S. N.° 264-2012-EF | 20 de diciembre de 2012 |
| 2012 | S/ 3,650 | +S/ 50 (+1.4 %) | D.S. N.° 233-2011-EF | 21 de diciembre de 2011 |
| 2011 | S/ 3,600 | Sin cambio | D.S. N.° 252-2010-EF | 11 de diciembre de 2010 |
| 2010 | S/ 3,600 | +S/ 50 (+1.4 %) | D.S. N.° 311-2009-EF | 30 de diciembre de 2009 |
| 2009 | S/ 3,550 | +S/ 50 (+1.4 %) | D.S. N.° 169-2008-EF | 25 de diciembre de 2008 |
| 2008 | S/ 3,500 | +S/ 50 (+1.4 %) | D.S. N.° 209-2007-EF | 22 de diciembre de 2007 |
| 2007 | S/ 3,450 | +S/ 50 (+1.5 %) | D.S. N.° 213-2006-EF | 28 de diciembre de 2006 |
| 2006 | S/ 3,400 | +S/ 100 (+3 %) | D.S. N.° 176-2005-EF | 26 de diciembre de 2005 |
| 2005 | S/ 3,300 | +S/ 100 (+3.1 %) | D.S. N.° 177-2004-EF | 17 de diciembre de 2004 |
| 2004 | S/ 3,200 | +S/ 100 (+3.2 %) | D.S. N.° 192-2003-EF | 23 de diciembre de 2003 |
| 2003 | S/ 3,100 | Sin cambio | D.S. N.° 191-2002-EF | 18 de diciembre de 2002 |
| 2002 | S/ 3,100 | +S/ 100 (+3.3 %) | D.S. N.° 241-2001-EF | 29 de diciembre de 2001 |
| 2001 | S/ 3,000 | +S/ 100 (+3.4 %) | D.S. N.° 145-2000-EF | 27 de diciembre de 2000 |
| 2000 | S/ 2,900 | +S/ 100 (+3.6 %) | D.S. N.° 191-1999-EF | 31 de diciembre de 1999 |
| 1999 | S/ 2,800 | +S/ 200 (+7.7 %) | D.S. N.° 123-1998-EF | 30 de diciembre de 1998 |
| 1998 | S/ 2,600 | +S/ 200 (+8.3 %) | D.S. N.° 177-1997-EF | 30 de diciembre de 1997 |
| 1997 | S/ 2,400 | +S/ 200 (+9.1 %) | D.S. N.° 134-1996-EF | 31 de diciembre de 1996 |
| 1996 | S/ 2,200 | +S/ 200 (+10 %) | D.S. N.° 012-1996-EF | 1 de febrero de 1996 |
| 1995 | S/ 2,000 | +S/ 300 (+17.6 %) | D.S. N.° 178-1994-EF | 1 de enero de 1995 |
| 1994 | S/ 1,700 | — | D.S. N.° 168-1993-EF | 1 de enero de 1994 |
Fuentes: cuadro histórico del MEF (1994-2024), cuadro de SUNAT (2020-2026) y los decretos de 2025 y 2026 en El Peruano. El MEF publica la serie desde 1992, cuando regía la Unidad de Referencia Tributaria (URT).
Cuando tu negocio crece
Lleva tus ventas, tu inventario y tu facturación en INVY
Varios de estos límites se miden con lo que vendes en el año y con tus existencias. Si quieres tener esos números en un solo lugar, prueba INVY.
Sin tarjeta. Emite comprobantes reales con tu RUC durante la prueba.
- Ventas: lo que vendes cada día, que suma tus ingresos del año.
- Inventario: tus productos y su stock.
- Facturación: tus boletas y facturas electrónicas.
Preguntas frecuentes sobre la UIT
¿Cuánto es la UIT 2026?
S/ 5,500. La fijó el D.S. N.° 301-2025-EF, publicado en El Peruano el 17 de diciembre de 2025, y rige del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.
¿Cuánto subió la UIT frente a 2025?
S/ 150: pasó de S/ 5,350 en 2025 a S/ 5,500 en 2026, un alza de 2.8 %.
¿Cómo convierto UIT a soles?
Multiplica la cantidad de UIT por S/ 5,500. Por ejemplo, 0.5 UIT × S/ 5,500 = S/ 2,750. Para pasar de soles a UIT, divide entre S/ 5,500: S/ 100,000 ÷ S/ 5,500 = 18.18 UIT.
¿Cuánto es media UIT en 2026?
S/ 2,750. Es, por ejemplo, la multa por presentar tarde una declaración mensual en el RER, antes de las rebajas del Régimen de Gradualidad.
¿Cuánto son 7 UIT en 2026?
S/ 38,500. Es el monto fijo que se deduce cada año de las rentas de cuarta y quinta categoría antes de calcular el impuesto (artículo 46 de la Ley del Impuesto a la Renta).
¿Cuánto son 1,700 UIT?
S/ 9,350,000 con la UIT 2026. Es el tope de ingresos netos anuales del Régimen MYPE Tributario y el tope de ventas anuales de la pequeña empresa en la Ley MYPE.
¿Quién fija la UIT y cuándo cambia?
El Ministerio de Economía y Finanzas, mediante decreto supremo y considerando los supuestos macroeconómicos, según la Norma XV del Código Tributario. Desde la UIT de 1997, todos los decretos se publicaron en diciembre del año anterior.
¿Qué UIT se usa para calcular una multa de SUNAT?
La vigente en la fecha en que se cometió la infracción; si esa fecha no se puede establecer, la vigente cuando SUNAT la detectó (artículo 180 del Código Tributario). Una infracción de 2025 se calcula con la UIT de S/ 5,350, aunque la pagues en 2026.
¿El Nuevo RUS y el RER se calculan en UIT?
No. Sus límites están fijados en soles: el Nuevo RUS permite hasta S/ 8,000 al mes y S/ 96,000 al año, y el RER hasta S/ 525,000 de ingresos netos al año. Esos montos no cambian cuando sube la UIT.
¿Cuál será la UIT 2027?
El MEF todavía no publica el decreto de la UIT 2027; en los últimos años lo hizo en diciembre. Hasta entonces, la UIT vigente es la de 2026: S/ 5,500.
¿El conversor guarda mis datos?
No. La conversión se hace en tu navegador y no se envía ni se guarda nada. Puedes usarlo todas las veces que quieras, sin registro.
Fuentes oficiales
- Valor 2026: D.S. N.° 301-2025-EF (El Peruano) y SUNAT, valor de la UIT.
- Histórico: MEF, valor de la UIT 1992-2024.
- Ley del Impuesto a la Renta: artículos 37 y 46, 53 y 55, 65, 75 y 118 y 120; y artículo 35 de su Reglamento.
- Regímenes: D. Leg. N.° 1269 (RMT), D. Leg. N.° 937 (Nuevo RUS) y TUO de la Ley MYPE.
- Multas: guía de infracciones y sanciones de SUNAT, R.S. N.° 000007-2025/SUNAT y Ley N.° 32335.
Datos revisados contra la norma el 24 de octubre de 2026. Esta página es informativa y no reemplaza la asesoría de un contador.